Non renvoyée au Conseil constitutionnel
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Isidoro Antonio Calvo Vidal, El certificado sucesorio europeo, La Ley, 2015, ISBN 9788490204108, pp. 364, Euro 42,93.
[Dal sito dell’editore] A partir de la fecha de su aplicación plena, el 17 de agosto de 2015, el Reglamento (UE) nº 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2012 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, determina el nuevo marco de las sucesiones internacionales en la Unión Europea, constituyendo un hito de especial relieve en la construcción de la Europa de los ciudadanos. El Reglamento incide directamente en la aplicación del derecho de sucesiones en los Estados miembros, tanto a la hora de abordar una planificación sucesoria, a través del otorgamiento del testamento o de otra disposición mortis causa, como al tiempo de llevar a cabo el desenvolvimiento de una sucesión ya causada. En España supone además la incorporación de novedades tan importantes como la posibilidad de la elección de la ley aplicable a la sucesión o la fijación de la residencia habitual como punto de conexión subsidiario en orden a la determinación de la misma. Pero es el certificado sucesorio europeo, el nuevo «pasaporte» de los herederos en Europa, el que puede considerarse como uno de los logros más importantes del nuevo instrumento comunitario, al permitir a herederos, legatarios, ejecutores testamentarios o administradores de la herencia probar fácilmente su cualidad, así como ejercer los derechos o las facultades respectivas, en los Estados miembros. A partir de estas consideraciones, esta monografía ofrece al lector, desde la reflexión teórica y la visión práctica de su autor, un acercamiento a los principales elementos que van a regir el inmediato tratamiento de las sucesiones transfronterizas en la Unión Europea.
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À la suite de la proposition de Bruxelles de mettre en place un mécanisme de relocalisation temporaire des demandeurs d’asile, les ministres de l’intérieur français et allemand prennent position sur ce sujet dans un communiqué commun (sur ce projet, V. Dalloz actualité, 29 mai 2015, C. Fleuriot ).
En carrousel matière: NonLa Cour de cassation a condamné un avocat aux Conseils à payer à l’un de ses clients la somme de 59 000 € pour indemniser le préjudice de perte de chance de voir l’arrêt rejetant sa demande censuré par la Haute juridiction.
En carrousel matière: NonEntreprise en difficulté
Entreprise en difficulté
Tribunal de grande instance de Périgueux, Tribunal correctionnel, 13 mai 2015
Tribunal de grande instance de Perpignan, Tribunal correctionnel, 27 mai 2015
Pourvoi c/ Cour d'appel de Lyon, 12 décembre 2014
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